La marca es muchas veces el activo más valioso de una empresa: representa la confianza ganada, la reputación construida, la identidad frente al mercado. Una marca registrada da exclusividad legal sobre su uso comercial, permite licenciarla, transferirla y heredarla, y es la única vía sólida para impedir que un competidor la use o se aproveche de su prestigio.
Asesoramos en todo el ciclo de vida de la propiedad intelectual: registro de marcas, patentes, modelos industriales, diseños, derechos de autor; oposiciones a marcas de terceros; defensa frente a oposiciones; acciones de cesación de uso; demandas por infracción y por competencia desleal.
El registro se realiza ante el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI). Otorga exclusividad por 10 años renovables indefinidamente. Etapas: búsqueda de antecedentes, presentación, examen de forma, publicación, plazo de oposiciones, examen de fondo, concesión.
Cuando se publica una solicitud de marca, terceros tienen plazo para oponerse si afecta su marca registrada anterior, su nombre comercial o su denominación social. Los procedimientos de oposición son rigurosos y tienen plazos breves.
Cuando un tercero se opone a la marca solicitada, defendemos con argumentación técnica: análisis de similitud, productos cubiertos, antecedentes del solicitante, doctrina de coexistencia.
Protegen invenciones nuevas, con actividad inventiva y aplicación industrial. Vigencia: 20 años desde la solicitud. Trámite ante el INPI con examen de fondo extenso.
Protegen mejoras técnicas a productos conocidos que aporten ventaja útil. Vigencia: 10 años. Trámite simplificado respecto de la patente.
Protegen el aspecto estético de un producto (forma, ornamentación, configuración). Vigencia: 5 años renovables hasta 15. Trámite ante el INPI.
Protegen obras literarias, científicas, artísticas, software y bases de datos. La protección nace con la creación, sin necesidad de registro, pero el registro en la Dirección Nacional del Derecho de Autor da seguridad probatoria. Vigencia: vida del autor más 70 años. Asesoramos en registro, transferencia, licencia y defensa de derechos.
Pedido judicial para que el infractor deje de usar la marca o el bien protegido. Generalmente acompañada de medidas cautelares (prohibición de uso, secuestro de productos).
Reclamo de la compensación económica por el uso indebido. La cuantificación exige peritaje específico (valuación de marca, lucro cesante, daño emergente).
Cuando un tercero registra dominios similares a la marca para aprovechar tráfico o forzar venta. Aplicamos los procedimientos de NIC.AR y los procedimientos de UDRP para dominios internacionales.
Acciones por imitación servil, denigración, captación indebida de clientela, uso indebido de información confidencial. Régimen del CCyCN y de la Ley 22.802 de Lealtad Comercial.