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08 — DERECHO A LA SALUD

Salud mental: derechos del paciente y herramientas legales bajo la Ley 26.657

La Ley 26.657 de Salud Mental, sancionada en 2010 y reglamentada en 2013, transformó profundamente el régimen argentino. Estableció un modelo basado en el respeto de los derechos humanos, la presunción de capacidad, el carácter excepcional y restrictivo de la internación, la priorización de dispositivos comunitarios sobre el manicomial, y un sistema de control judicial obligatorio sobre las internaciones involuntarias. Forma parte de una política sostenida en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (Ley 26.378), con jerarquía constitucional desde 2014.

La práctica jurídica en salud mental abarca múltiples dimensiones: control de internaciones, exigencia de cobertura de prestaciones, defensa de derechos del paciente, articulación con familia, alta hospitalaria, externación, dispositivos sustitutivos, casos de adicciones (incluidos por la Ley 26.657 dentro del campo de la salud mental), capacidad jurídica.

Internaciones: voluntaria e involuntaria

Internación voluntaria

Es la regla. El paciente con capacidad para consentir solicita o acepta la internación. Puede ser revocada en cualquier momento, salvo que se configuren causales de involuntariedad.

Internación involuntaria

Excepcional. Requiere riesgo cierto e inminente para sí o para terceros, evaluado por equipo interdisciplinario. Debe ser comunicada al juez competente en plazo máximo de 10 horas. Sometida a control judicial periódico (cada 30 días) y a defensa pública obligatoria del paciente. Es revisable y debe cesar cuando desaparece la causa.

Externación

La permanencia indefinida en internación es contraria a la ley. La externación debe ser activa y planificada, con dispositivos comunitarios sustitutivos.

Derechos del paciente bajo Ley 26.657

El paciente tiene derecho a recibir atención sanitaria y social integral, a tratamientos lo menos restrictivos posibles, a recibir información sobre su estado y tratamiento, a no ser identificado por su diagnóstico, a la intimidad, a comunicarse con su familia, a no ser objeto de investigaciones sin consentimiento, a recibir defensa pública en caso de internación involuntaria. La capacidad jurídica se presume; las restricciones son excepcionales y judiciales (artículos 31 a 50 del CCyCN).

Prestaciones y cobertura

El PMO incluye prestaciones de salud mental: psicoterapia (con topes anuales que han sido objeto de litigio), psiquiatría, internación, hospital de día, dispositivos comunitarios. Cuando hay discapacidad por padecimiento mental, también aplica Ley 24.901. Las restricciones arbitrarias de cobertura son atacables por amparo. Las adicciones están comprendidas por la Ley 26.657 y deben recibir cobertura conforme a ese marco.

Por qué elegir Tchestnykh & Asociados

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